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¿Qué son la categoría específica y el SORA?

La categoría específica es donde cae una operación que no cumple todas las condiciones de la abierta: volar sin alcance visual, sobre gente, por encima del techo de la abierta o con un aparato mayor. Para operar ahí hay tres caminos, de menos a más trabajo: acogerse a un escenario estándar con una declaración operacional, acogerse a una evaluación de riesgo predefinida (un PDRA), o pedir una autorización operacional con un estudio SORA completo. El SORA es la metodología, no el trámite.

Marco común de la Unión Europea. Tu país puede añadir condiciones propias.Revisado el 17 de septiembre de 2026

En resumen

  • La categoría la decide el riesgo de la operación, no si cobras por ella.
  • STS-01 se vuela con un dron de clase C5, dentro del alcance visual y sobre una zona terrestre controlada.
  • STS-02 se vuela con clase C6 y admite vuelo sin alcance visual hasta 2 km del piloto, con observadores de espacio aéreo y en entorno escasamente poblado.
  • El SORA evalúa riesgo en tierra y riesgo en el aire, y de ahí sale un nivel de robustez (SAIL) con requisitos concretos.
  • En categoría específica el sobrevuelo de edificios se rige por el ConOps autorizado y sus mitigaciones, no por el permiso del titular que exige la categoría abierta.

Cuándo sales de la categoría abierta

La abierta tiene una frontera concreta: hasta 120 metros sobre el terreno, siempre dentro del alcance visual, sin sobrevolar aglomeraciones, con un aparato de menos de 25 kilos y respetando las distancias de tu subcategoría. En cuanto una de esas condiciones no se cumple, la operación es específica.

El error habitual es pensar que la frontera la marca cobrar por el vuelo. No es así: hay trabajos profesionales que caben perfectamente en abierta y vuelos recreativos que no. Lo que decide es el riesgo.

Los escenarios estándar: el camino más corto

Son operaciones típicas ya analizadas, a las que te acoges presentando una declaración operacional en vez de un estudio. Hay dos.

El STS-01 se vuela con un dron de clase C5, dentro del alcance visual y sobre una zona terrestre controlada, es decir, un área bajo control del operador. El STS-02 se vuela con clase C6 y admite vuelo sin alcance visual hasta 2 kilómetros del piloto, con observadores de espacio aéreo, en entorno escasamente poblado y hasta 120 metros. Los dos exigen formación teórica de escenarios estándar más la práctica propia del escenario, y la clase de dron correcta: sin C5 no hay STS-01.

Los PDRA y la autorización operacional

Si tu operación no encaja en un escenario estándar, el siguiente escalón son las evaluaciones de riesgo predefinidas. Son análisis ya redactados para tipos de operación frecuentes, con sus requisitos fijados, que ahorran la parte más costosa del estudio y se resuelven con una autorización operacional. España tiene además un PDRA propio para la aplicación de productos fitosanitarios.

Y si tampoco encajas, queda el SORA completo: el estudio de riesgo que sustenta una autorización operacional a medida de tu concepto de operación.

Qué mira el SORA

El estudio separa dos riesgos. El de tierra, que es a quién puedes hacer daño si el dron cae, y depende de la población bajo la trayectoria y del tamaño del aparato. Y el del aire, que es con quién te puedes encontrar, y depende del espacio aéreo en el que vueles.

De cruzar los dos sale un nivel de robustez exigido, el SAIL, y de ahí una lista de requisitos concretos: qué mitigaciones necesitas, qué procedimientos, qué equipamiento y qué formación tiene que acreditar el personal. No es un papel: es el diseño de la operación.

Lo que cambia respecto a la categoría abierta

Esto es lo que más sorprende y lo que casi nunca se dice. En régimen de autorización operacional, varios de los límites de la abierta dejan de aplicarse tal cual y pasan a ser lo que diga tu ConOps autorizado: el límite vertical, el vuelo sin alcance visual y la franja horaria.

Y el sobrevuelo de edificios cambia de lógica: en abierta se resuelve con el permiso del titular del inmueble; en específica se rige por el ConOps autorizado y sus mitigaciones. Si además tu operación necesita una zona terrestre controlada sobre suelo público urbano, harán falta los permisos municipales de ocupación, que son un trámite aparte de la autorización aeronáutica.

Lo que viene después de la autorización

La autorización no cierra el asunto, lo abre. Los requisitos que salieron del estudio hay que sostenerlos: mantener el equipo, registrar los vuelos, acreditar la formación del personal, revisar los procedimientos y documentar los sucesos.

Esa trazabilidad es lo que se enseña cuando la autoridad pregunta, y es la razón por la que una operación específica y una gestión de flota ordenada son la misma conversación, no dos.

Preguntas frecuentes

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¿Necesito categoría específica para trabajar con mi dron?
No necesariamente. Muchas operaciones profesionales caben en categoría abierta. Lo que te saca de ella es la altura, la falta de alcance visual, el sobrevuelo de personas o el peso del aparato.
¿Cuál es la diferencia entre declaración y autorización?
Un escenario estándar se declara: manifiestas que tu operación cumple sus condiciones. Un PDRA o un SORA se autorizan: la autoridad aeronáutica revisa y concede. La vía declarada es sensiblemente más rápida, por eso conviene comprobar primero si encajas.
¿Puedo volar más alto de 120 metros en categoría específica?
En régimen de autorización operacional el límite vertical es el que recoja tu ConOps autorizado, así que puede estar por encima. Lo que no se puede es darlo por hecho: hay que verificar el límite concreto que te han autorizado.
¿Qué es un PDRA?
Una evaluación de riesgo ya redactada para un tipo de operación frecuente. Si tu vuelo cabe dentro de sus límites, te ahorras la parte más costosa del estudio y se resuelve con una autorización operacional.
¿El SORA vale para varios vuelos?
El estudio describe un concepto de operación, no un vuelo suelto. Mientras tus vuelos se mantengan dentro de lo que describe, sigue siendo válido; salirse de él obliga a revisarlo.

Esta guía es información general y apoyo a la planificación, no asesoramiento jurídico ni una autorización de vuelo. La normativa cambia y cada país añade condiciones propias. Antes de despegar, comprueba siempre las fuentes oficiales de tu jurisdicción y la información aeronáutica vigente. El piloto al mando es el único responsable del vuelo.